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AUTORIZACIONES EXCEPCIONALES PARA RESIDIR EN ESPAÑA: EL ARRAIGO

Para poder residir en territorio español de manera legal se debe seguir un proceso determinado. Normalmente este consiste en una solicitud para residencia y trabajo , de forma que el interesado tendrá permiso para vivir y trabajar en nuestro país.
Sin embargo, también existen autorizaciones que se apartan del proceso estándar y se conceden en casos excepcionales: es el caso del arraigo.

¿Qué es el arraigo?
Esta figura implica que una persona tiene una vinculación tan estrecha con España que se permite su residencia en el territorio. La Ley de Extranjería recoge tres tipos de arraigo: laboral, social y familiar. Cada uno de estos tipos exige que se den una serie de requisitos para ser concedidos:

En arraigo laboral se exige haber permanecido en España un mínimo de dos años, y haber trabajado durante al menos seis meses.
En el caso del arraigo social será necesario haber permanecido al menos tres años en España, tener contrato de trabajo y acreditar vínculos familiares (o bien presentar un informe de inserción social).
Finalmente, el arraigo familiar se produce cuando el solicitante es hijo de padre o madre españoles de origen, o cuando sea padre de un menor de nacionalidad española.

Las Oficinas de Extranjería proporcionan información y asistencia a quienes deseen realizar este trámite o cualquier otro relacionado con la nacionalidad española. Los documentos a aportar dependerán del tipo de arraigo que se solicite y también de cada situación particular.
En cualquier caso no debemos olvidar que la concesión del arraigo tiene carácter temporal, ya que la autorización que se obtiene presenta estas características. El extranjero podrá, lógicamente, conseguir más adelante una autorización de residencia de larga duración.

Si necesita más información sobre el tema le invitamos a ponerse en contacto con nosotros a través de esta web.

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