Recurso denegación de visado
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Denegación de Visado - Recurso contencioso administrativo

¿Tu visado ha sido denegado?Son muchos los ciudadanos que quieren viajar a España ya sea como turista, a residir, a trabajar o a estudiar, y como cualquier persona extranjera, para poder vivir de manera legal en España se precisa gestionar o solicitar en la mayoría de casos un visado de residencia, trabajo o estudios.

Dependiendo del tipo de solicitud es necesario gestionar y cumplir con los requisitos establecidos, los cuáles si no se cumplen puede dar lugar a que el visado sea denegado.

Ante la denegación del visado, ¿qué podemos hacer?En nuestro Despacho de Abogados de Madrid conscientes de la gran cantidad de dificultades que nuestros clientes deben de afrontar en sus países de origen para la obtención de su visado solicitado ante la Oficina Consular de España en el extranjero y de la frustración que supone el recibir la denegación del visado, contamos con un equipo de abogados especialistas en Derecho de Extranjería y Derecho Contencioso-Administrativo que le informarán y asesorarán de la mejor manera posible para ayudarte a solucionar esta situación.

Qué hacer ante la denegación del visado

En ocasiones, los diferentes Consulados deniegan el visado de manera automática y sin motivo alguno, lo que hace que el cliente se vea totalmente desorientado y enfadado en el momento de recibir la notificación.

El Consulado ha de valorar adecuadamente la documentación aportada y, en su caso, el recurso de reposición a fin de solventar la solicitud del visado.

Si te hallas en una situación parecida y el Consulado te ha denegado el visado de manera injusta y automática, no dudes contactar con nuestros profesionales y te ayudaremos a resolver tu situación.

Desde nuestro Despacho de Abogados Madrid trabajamos y nos comprometemos con toda nuestra clientela para que todos sus derechos sean respetados.

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Causas de denegación del visado

Las causas de denegación del visado pueden ser variadas y entre las más comunes se incluyen: documentación incompleta o incorrecta, no se dispone de medios económicos suficientes para cubrir la estancia en el país, estancia irregular, no se justifica de manera adecuada el viaje, etc. Es importante tener presente que en muchos casos es posible interponer un recurso y subsanar los posibles problemas con el fin de obtener una resolución favorable.

A la hora de interponer un buen recurso ya sea contencioso-administrativo o de reposición, es primordial tener en cuenta el plazo establecido para la de interposición, el cuál comienza a partir de que se haya recibido la denegación del visado, por lo que no hay tiempo que perder.

Recurso Contencioso-Administrativo

A diferencia del Recurso Potestativo de Reposición que se interpone ante el propio Consulado es decir ante el mismo organismo que ha emitido la resolución de denegación del visado, el Recurso Contencioso-Administrativo es un recurso que se interpone ante los Tribunales españoles, siendo éstos lo que valoran si el ciudadano tiene o no tiene derecho a ese visado y cumple por tanto, con las obligaciones y requisitos establecidos en la norma.

El plazo establecido para la interposición de este recurso es dentro de los 2 meses posteriores a la resolución de denegación o desestimación del recurso de reposición.Este proceso es más lento, más largo y más costoso, y al tener que acudir a una vía judicial se hace obligatorio y necesario, contar con la presencia y asesoramiento de un buen abogado experto en derecho de extranjería y un procurador como los que encontrará en nuestro despacho.

Frente al recurso de reposición, el recurso Contencioso-Administrativo tiene una mayor tasa de resoluciones favorables, de ahí que sea mayormente recomendable puesto que existen más opciones de ganarlo.

En dicho recurso se incluirán:

  • Hechos y motivos que justifiquen la interposición de este recurso, alegaciones que sean necesarias y la documentación correspondiente con el fin de obtener una sentencia favorable.
  • Se expondrán las normas del Ordenamiento Jurídica en que se fundamenta la pretensión del interesado.
  • El objetivo de la demanda.

La demanda deberá aportarse a la resolución que se solicita, es decir, el informe expedido por el Consulado en el que se muestran las razones por las que no se ha concedido el visado al solicitante.

Si la solicitud ha sido denegada, no es posible volver a solicitar el visado, aunque no obstante el interesado podrá solicitar otro tipo de permiso. Importante destacar que después de la denegación del visado, la probabilidad de que estos nuevos permisos sean nuevamente denegados es alta.

A la hora de solicitar un visado para entrar en España es fundamental contar con asesoramiento de expertos en Derecho de Extranjería. Sin duda alguna lo más aconsejable es contar los servicios de un buen abogado especializado en esta rama del Derecho que guíe al solicitante en la consecución del visado. En caso de no lograr la autorización de este documento, el profesional del Derecho podrá guiar al interesado en la interposición de los diferentes recursos.

Contacte con nuestro Despacho de Abogados Madrid, donde estudiaremos y analizaremos su caso de forma detallada y sobre todo orientaremos nuestra defensa en demostrar y manifestar que la causa de denegación alegada en el recurso no procede.

El porcentaje de éxito de este tipo de recursos contra denegaciones de visado en nuestro despacho está por encima del 80%. Trabajamos directamente, sin intermediarios, ante los tribunales y nuestros honorarios están por debajo de la media.

Ponemos a su disposición nuestra experiencia y conocimientos para conseguir, en tiempo récord, la concesión del visado de entrada a España.

Nuestro despacho de abogados está en Madrid, pero podemos asistirle en cualquier lugar del país.

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