Modelo de recurso de reposicion contra denegación de visado
El visado es un permiso previo que junto al pasaporte permite la entrada a España de forma legal. En el caso de que la solicitud de visado haya sido denegada, por no cumplir con los requisitos establecidos en la solicitud, se podrá interponer el correspondiente recurso (Recurso Potestativo de Reposición o Recurso Contencioso Administrativo), para desvirtuar los motivos y razones por las que dicho visado ha sido denegado.
Contacte con nuestro Despacho de Abogados Madrid donde muchos clientes han conseguido resultados positivos a través del recurso de reposición. Analizaremos y estudiaremos su caso ayudándole a conseguir que reconozcan la estimación de su visado.
Cierto es que la valoración positiva del recurso dependerá de muchos factores, por ello nuestro equipo de abogados trabajará en todo momento por defender sus intereses en Pro de la justicia.
Llámenos y cuéntenos su caso, nuestro equipo de abogados se encargará de informarle, asesorarle y aclararte todas las dudas que surjan en relación con este tipo de recurso.
Tipos de visados que se pueden recurrir
Cualquier tipo de visado denegado puede ser recurrido. Entre los visados más comunes encontramos:
- Visado de Residencia No Lucrativa sin finalidad laboral: La persona solicitante debe certificar que posee los medios económicos suficientes que exige la normativa y/o que cuenta con una fuente periódica de ingresos en su país de origen.
- Visado de estancia por turismo: Son los tipos de visados más denegados habitualmente. En muchos Consulados deniegan de manera automática la solicitud del visado amparándose en una sospecha de viaje con motivos migratorios, es por ello importante mostrar la documentación que se precisa, contar con documentación que justifique el objeto y motivo del viaje, analizar las circunstancias personales, económicas y familiares en tu país de origen.
- Visado de Reagrupación Familiar: La reagrupación familiar es necesaria para la vida en familia por ello el derecho a la reagrupación familiar para familiares extracomunitarios, tiene por finalidad proteger los derechos de los familiares reagrupables y facilitar la vida familiar.
- Visado de Estudios: La solicitud de este tipo de visado se realizará en el Consulado de España en cuyo distrito resida el extranjero. Será preciso aportar documentación que acredite haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España oficialmente reconocido. Además deberá de disponer de los medios económicos necesarios para hacer frente a los gastos de estancia.
- Visado de Trabajo: El trabajador cuenta con el plazo de 1 mes desde la notificación al empleador para solicitar personalmente el visado. La concesión del visado permitirá la entrada y permanencia en España en situación de estancia hasta que se produzca la afiliación y alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
Cada caso de denegación de visado es diferente, por lo que se aconseja contar con el apoyo de un buen abogado y procurador que estudie y valore cada caso de forma individualizada, ya que es posible encontrarnos que la denegación de visado se ha realizado basándose en algún error de interpretación evidente y fácilmente demostrable.
Motivos de denegación del visado
La solicitud de visado puede ser rechazada por diferentes motivos; no obstante entre las causas más comunes de denegación de la solicitud de un visado encontramos:
- No se aporta toda la documentación exigida por el Consulado, cuya finalidad es justificar el motivo del viaje y estancia en el país.
- La persona que solicita un visado de estudios, no acredita contar con los medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia en España.
- No constan garantías de retorno de la persona solicitante de visado en los casos de visado de corta duración.
- No dispone de alojamiento en España, no aporta un contrato de alquiler, no cuenta con un familiar o conocido en cuya vivienda pueda vivir.
- No tiene reservado los billetes de ida y vuelta.
- No cuenta con estabilidad laboral.
Recurso Potestativo de Reposición contra denegación de visado
Si el solicitante de visado no cumple con los requisitos legales marcados para la concesión del visado, los Consulados de España en el extranjero pueden denegarlo. Si el solicitante considera que la respuesta ofrecida por el Consulado no justa, en el plazo de 1 mes desde la comunicación de la denegación de visado, puede presentar un Recurso Potestativo de Reposición.
El Recurso Potestativo de Reposición es el primero de los recursos que normalmente se pueden interponer. Se trata de un recurso en vía administrativa que se presenta ante el propio Consulado, es decir ante el mismo órgano que ha emitido la resolución de denegación del visado. Este es uno de los motivos de su escaso porcentaje de éxito y por el que muchas personas piensan que no tiene sentido, ya que es el mismo órgano que deniega visado el que evalúa dicho recurso y difícilmente cambiará de opinión en el plazo de un mes.
Para interponerlo, el ciudadano solicitante ha de completar una solicitud en la que consten su nombre y apellidos, su DNI, CIF o NIE, el lugar, fecha y firma y el número de expediente. También deberá exponer las causas que justifican la concesión del visado.
El plazo de que tiene el Consulado para la resolución del recurso es de 3 meses, aunque lo normal es que lo resuelva mucho antes de ese plazo. En caso de desestimación del recurso de reposición, se podrá recurrir en vía judicial al Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses desde la notificación.
Nuestro despacho de abogados de Madrid especializado en la interposición de recursos contra la denegación de visado cuenta con unos porcentajes de éxito elevados. Aportamos una larga trayectoria y experiencia en este tipo de tramitaciones siendo muchas las ocasiones en las que hemos conseguido sacar adelante la tramitación del visado mediante el Recurso de Reposición aportando toda la documentación y argumentos que hemos creído conveniente, desvirtuando la denegación notificada.
Si le han denegado su solicitud de visado, le recomendamos que contacte con nosotros lo antes posible ya que, tras estudiar su caso, podremos determinar en primer lugar qué tipo de recurso debemos interponer con el fin de tener las mayores probabilidades para una respuesta favorable.