ANTECEDENTES PENALES EN EXTRANJEROS. ABOGADO EN Madrid
Los antecedentes penales se producen cuando una persona ha cometido un delito de los establecidos en el Código Penal. Tener antecedentes no es positivo para nuestras gestiones, ya que nos puede complicar encontrar un trabajo, presentarnos a Oposiciones, etc. Pero este tema tiene aún más trascendencia para los extranjeros, porque tener antecedentes no nos ayusará a la hora de obtener o renovar el visado. Además hay que tener en cuenta que algunas conuctas graves pueden hacer que se expulse al extranjero del territorio español.
En personas que ya los tengan existe la posibilidad de cancelarlos. Para ello habrá que cumplir primero los plazos que indica el Código Penal:
Seis meses para las penas leves.
Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
Diez años para las penas graves.
-Artículo 136-
Además de cumplir este plazo se exige no haber cometido un nuevo delito mientras dure el mismo. Si cumplimos estos requisitos ya estaremos en condiciones de enviar una solicitud al Ministerio de Justicia, que deberá resolverla en un plazo de tres meses.
Se recomienda que este trámite se haga con la ayuda de un abogado especializado en extranjería, ya que así será más sencillo y también nos podrá ayudar si surge algún problema: denegación de la solicitud, falta de documentos...Por eso puede contactar con nosotros si necesita que le asesoremos. Nuestro Despacho de Madrid está formado por especialistas en Derecho de extranjería, que tienen experiencia en este y otros trámites relacionados con el tema: obtención de visado de trabajo, procesos de reagrupación familiar, renovación de pasaporte, etc. Si quiere pedirnos una cita previa puede llamarnos por teléfono o consultar nuestra página web, y le atenderemos lo antes posible.