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¿Cómo conseguir la nacionalidad Española por Residencia?

En octubre de 2015 se produjeron cambios importantes a la hora de obtener la nacionalidad española por residencia. Hasta ahora, este proceso tenía numerosos fallos que no terminaban de satisfacer al ciudadano. Obtener la nacionalidad por residencia se convertía en un proceso lento y farragoso. Por suerte, la publicación de la Ley 19/2015 (Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y el Registro civil) ha cambiado esta situación. Veamos los principales aspectos.

Cambio en la forma de solicitud. Hasta ahora, para pedir la nacionalidad española hacía falta solicitarla de forma presencial. Esto ha cambiado completamente: ahora es posible hacerlo a través de internet, por lo que se reduce tiempo y se simplifica el proceso. Esto también permitirá otras mejoras paralelas, como el seguimiento interno del proceso a través de internet.

Tiempo máximo de resolución. El nuevo plazo queda fijado en un año como máximo (frente a los dos o tres años que podía durar anteriormente, por término medio). Este es sin duda uno de los mayores logros con respecto a la antigua situación, donde los trámites colapsaban literalmente la Administración.

Examen de nacionalidad. Será necesario superar dos pruebas: por un lado, la prueba de conocimientos culturales (llevada a cabo por el Instituto Cervantes) y por el otro un examen de idioma para acreditar el conocimiento del castellano a nivel básico. Al superar los exámenes se elimina la posibilidad de denegar la nacionalidad por “falta de integración”.

Tasa. La única desventaja respecto a la situación anterior consiste en que a partir de ahora va a cobrarse una tasa de 100 euros por el proceso, que antes era gratuito.

Si necesitas cualquier información adicional, ponte en contacto con nosotros. Te recordamos también que la consulta de expedientes puede hacerse a través de la página web del Ministerio de Justicia.

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