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SEGURIDAD SOCIAL EN EL EXTRANJERO

En el ámbito de la Unión Europea las normas en materia de Seguridad Social se encuentran perfectamente reguladas y coordinadas entre los distintos Estados Miembros. Gracias a esto se favorece la libertad de los trabajadores y personas en el ámbito de la UE. Esto supone ventajas como la exportación de prestaciones, es decir, que un trabajador pueda trabajar en un país y cobrar el paro en otro, por ejemplo. También es posible cotizar en un país y después cobrar la pensión de jubilación en otro distinto. En definitiva, podemos concluir que estas normas no presentan especiales dificultades entre los ciudadanos que viven o trabajan en la Unión.

En cambio, fuera de la Unión Europea estas normas no son tan uniformes y se reducen a lo que España tenga acordado con otros países. Es lo que se conoce como Convenios Bilaterales. En la actualidad, España tiene Convenios Bilaterales con los siguientes países: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile , Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

En todos estos países tendremos derecho al reconocimiento de prestaciones o pensiones. Ahora bien, lo que sí debemos tener en cuenta es que este proceso es más largo que cuando se trata de países europeos (el proceso puede durar meses o incluso años). Por eso es muy importante que preparemos con atención todos los documentos que pudieran hacernos falta. En algunos casos es necesario que estos documentos estén debidamente legalizados y apostillados, es decir: que cumplan con las normas del Convenio de la Haya .

En las Oficinas de Extranjería podrá solicitar más información sobre este tema. Además, si desea realizar alguna pregunta, consulta o sugerencia, también puede ponerse en contacto con nosotros.

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