Recuperar tarjeta de asilo
Uno de los documentos necesarios para que muchos de los ciudadanos puedan residir de manera legal en el país y puedan solicitar un puesto de trabajo en España, es el llamado Certificado de Acto Presunto.
En nuestro Despacho de Abogados de Extranjería de Madrid le mostraremos toda la información relacionada a este documento y la manera más apropiada de solicitarlo, para que pueda vivir de manera legal y sin problema alguno en España.
Qué es el Certificado de Acto Presunto
El Certificado de Acto Presunto es el documento que toda persona que ha solicitado asilo, ha presentado los recursos necesarios y fue denegado, necesita poseer para reconocer todos los derechos y obligaciones como solicitante de asilo.
El Certificado de Acto Presunto, no solo suspende los efectos negativos adquiridos cuando se es negado el asilo, sino que también reconoce los derechos de la persona solicitante de un asilo establecidos en el artículo 18 de la Ley de Asilo.
El certificado se solicita en el momento que se notifica una resolución desfavorable del Ministerio del Interior, sobre su expediente de asilo.
Si por cualquier motivo existe una denegación de asilo y el individuo desea trabajar, el tener en sus manos este certificado emitido por el Subdirector de Protección Internacional del Ministerio Interior, en el que indica que uno se encuentra de manera regular en el país, asegura tener derecho a trabajar sin ningún tipo de impedimento.
Motivos de denegación de Tarjeta de Asilo
El derecho de asilo será denegado a aquellas personas que:
- Sean un peligro para la seguridad de España
- Habiendo sido objeto de condena firme por delito grave constituya amenaza para la ciudadanía.
Requisitos para solicitar el Certificado de Acto Presunto
El Certificado de Acto Presunto el cual asegura que ciudadano podrá vivir en territorio nacional sin ser expulsado y tener la posibilidad de trabajar libremente lo emite el Subdirector de Protección Internacional del Ministerio Interior, para solicitarlo y obtenerlo es preciso cumplir una serie de requisitos, cómo:
- Haber solicitado Asilo Político
- Que el Asilo Político haya sido denegada
- Presentación de recurso correspondiente a la denegación de Asilo Político
- En el recurso se haya solicitado la suspensión del acto administrativo que deniega la solicitud
- Hayan pasado al menos 30 días desde su entrada en el registro electrónico de la presentación del recurso
En nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Madrid buscamos proteger sus derechos. Garantizamos a todos nuestros clientes la mejor de las soluciones estudiando y analizando la estrategia más adecuada.